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Derecho Civil

Nueva regularización de extranjeros en España 2026: cómo obtener la residencia por arraigo extraordinario

Publicado el 23 de septiembre de 2026
Por Sonia Murcia Manjón

¿Estás en España sin papeles y crees que no tienes opciones?

La realidad acaba de cambiar.

El Real Decreto 316/2026 ha abierto una ventana excepcional —y muy limitada en el tiempo— para regularizar la situación de miles de personas extranjeras en España.

Y aquí viene lo importante: el plazo termina el 30 de junio de 2026.

Si esto te afecta (o conoces a alguien en esta situación), sigue leyendo porque esto no es un cambio menor… es una oportunidad real.

¿Qué cambia con el Real Decreto 316/2026?

La reforma del Reglamento de Extranjería introduce nuevas vías de residencia temporal por circunstancias excepcionales, pensadas para personas que:

  • Ya están en España
  • No han podido regularizar su situación antes
  • Han quedado fuera del sistema por motivos administrativos
  • El objetivo es claro: integración, acceso al empleo y protección frente a la economía sumergida.

Principales novedades: las 2 grandes vías de regularización


1. Arraigo para solicitantes de asilo (protección internacional)

Si solicitaste asilo antes del 1 de enero de 2026, puedes acceder a una autorización de residencia si cumples requisitos como:

  • Estar en España
  • Llevar al menos 5 meses de permanencia continuada
  • No tener antecedentes penales
  • No tener otra autorización en trámite


Si te conceden esta autorización, tendrás que renunciar al procedimiento de asilo.

​

2. Arraigo extraordinario (la gran oportunidad)

Esta es la vía que más personas puede beneficiar.

Podrás solicitarla si estabas en España antes del 1 de enero de 2026 y cumples al menos una de estas condiciones:

✔️ Tener trabajo o posibilidad de trabajar

✔️ Tener familia en España (hijos, padres, etc.)

✔️ Estar en situación de vulnerabilidad acreditada

Además:

  • Se exige permanencia de 5 meses continuados
  • El contrato puede ser de mínimo 90 días en un año
  • También puedes trabajar por cuenta propia

En resumen: mucho más flexible que el arraigo tradicional.

LLÁMANOS


Ventaja clave ¿Podrás trabajar desde el primer momento?

Aquí está uno de los cambios más potentes: Desde que presentas la solicitud, puedes trabajar legalmente.

Sí, sin esperar resolución.

  • Trabajo por cuenta ajena
  • Trabajo por cuenta propia
  • En cualquier sector y en toda España

Esto cambia completamente el escenario para miles de personas.


¿Plazos que no puedes ignorar?

Esto no es indefinido. De hecho, es lo contrario:

📅 Fecha límite para solicitar: 30 de junio de 2026

📅 Resolución: máximo 3 meses

📅 Duración de la autorización: 1 año

Después, se podrá modificar o renovar.


¿Y los hijos o familiares?

La reforma también facilita la regularización de:

  • Hijos menores
  • Hijos con discapacidad
  • Familiares convivientes

Incluso con requisitos más flexibles que antes (menos exigencias económicas o de tiempo en España).


¿Quién NO puede acceder?

No todo el mundo entra en esta regularización. Quedan fuera, por ejemplo:

  • Personas con residencia o estancia vigente
  • Personas con procedimientos de extranjería en curso
  • Personas con antecedentes penales graves
  • Beneficiarios de protección temporal (como Ucrania en algunos casos)


Clave estratégica

Muchos despachos van a explicar esto.

Pocos van a ayudarte a aprovecharlo correctamente.

Porque la realidad es esta:

-No basta con “cumplir requisitos”

-Hay que acreditarlo bien, documentarlo mejor y elegir la vía correcta

Y ahí es donde se gana o se pierde el expediente.


¿Qué necesitas para saber si puedes regularizarte?




Antes de presentar nada, hay que analizar:

  • Fecha de entrada en España
  • Pruebas de permanencia
  • Situación administrativa actual
  • Posibles antecedentes
  • Situación laboral o familiar
  • Nivel de vulnerabilidad

Un error aquí puede hacerte perder esta oportunidad… y no habrá segunda..

Más información



📞 ¿Quieres saber si puedes regularizarte?

En Creditaria Estudio Legal analizamos tu caso y te decimos, sin rodeos:

✔️ Si puedes acogerte a esta reforma

✔️ Qué vía es la mejor en tu caso

✔️ Qué documentación necesitas exactamente

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