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Concurso de
acreedores:
protege tu empresa
y tu patrimonio.

Tienes 2 meses desde la insolvencia para solicitar el concurso — actúa ya

Somos abogados expertos en derecho concursal con más de 15 años de experiencia. Te acompañamos en cada fase del procedimiento para garantizar la máxima protección de tus intereses y encontrar la salida más favorable a tu situación.

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años en derecho concursal
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límite de facturación para microempresas
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modalidades de procedimiento concursal
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coste de primera consulta

¿Qué es el concurso
de acreedores y
cuándo solicitarlo?

El concurso de acreedores es el procedimiento legal previsto en el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020) para gestionar la insolvencia de empresas y particulares que no pueden hacer frente a sus deudas de forma regular y continuada.

Su objetivo es garantizar una solución justa para deudores y acreedores, protegiendo el patrimonio personal de los responsables y dando a la empresa la oportunidad de continuar o de cerrar de forma ordenada, sin que ningún acreedor obtenga ventajas individuales frente al resto.

La clave está en el momento: la ley establece un plazo máximo de 2 meses desde que se conoce la insolvencia para presentar el concurso voluntariamente. Superado ese plazo, el administrador puede ser declarado personalmente responsable de las deudas de la empresa mediante el concurso culpable.

Lo que consigues con el procedimiento

Protección inmediata de tu patrimonio personal como administrador
Paralización de ejecuciones, embargos y reclamaciones en curso
Marco de negociación ordenada con todos los acreedores
Posibilidad real de continuar la actividad empresarial
Extinción de las deudas que no se puedan satisfacer al finalizar el proceso
Modalidades

Tipos de concurso de acreedores:
¿cuál corresponde a tu situación?

Selecciona cada modalidad para ver en detalle los requisitos, quién puede solicitarla y las ventajas de cada procedimiento.

Concurso Voluntario

El más habitual
Quién lo solicita

Solicitado por el propio deudor — empresa o autónomo que reconoce su situación de insolvencia y toma la iniciativa antes de que lo hagan sus acreedores.

  • Mayor control del proceso y la estrategia
  • Plazos procesales más cortos
  • Imagen más favorable ante acreedores y proveedores
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Cuándo se activa

Insolvencia actual (incapacidad ya existente de cumplir obligaciones) o insolvencia inminente (prevista en el corto plazo).

Administrador concursal

La administración concursal se nombra tras la declaración judicial del concurso. El deudor mantiene la gestión ordinaria bajo supervisión.

Plazos y condiciones

Plazos sensiblemente reducidos respecto al concurso necesario. Más control del proceso y mejor posición negociadora con los acreedores.

Concurso Necesario

Iniciado por acreedores
Quién lo solicita

Solicitado por uno o varios acreedores del deudor. La empresa no ha tomado la iniciativa y los acreedores acuden al juzgado al observar indicios objetivos de insolvencia.

  • Protege formalmente los derechos de los acreedores
  • El deudor puede convertirlo en voluntario si actúa rápido
  • Abre un marco de negociación formal con todos los acreedores
Ver más detalles
Cuándo se activa

Indicios objetivos de insolvencia: sobreseimiento en el pago de obligaciones, embargos por ejecuciones pendientes, cierre de locales o abandono del negocio.

Administrador concursal

La administración concursal se designa desde el inicio del procedimiento. El deudor pierde facultades de gestión en mayor medida que en el voluntario.

Plazos y condiciones

Plazos ordinarios del procedimiento concursal, con más restricciones para el deudor y menor capacidad de negociación.

Procedimiento Especial para Microempresas

Rápido y económico
Quién lo solicita

Empresas o autónomos con menos de 10 trabajadores e ingresos anuales inferiores a 700.000€ o pasivo total inferior a 350.000€. Incluye tanto personas físicas como jurídicas.

  • Tramitación 100% digital desde el Ministerio de Justicia
  • Sin administrador concursal en la mayoría de casos
  • Suspensión inmediata de embargos y ejecuciones
Ver más detalles
Cuándo se activa

Insolvencia actual o inminente. También puede iniciarse ante una situación de riesgo cierto de insolvencia. No es necesario que la situación sea irreversible.

Administrador concursal

No es obligatoria la designación de administrador concursal en la mayoría de casos, lo que supone un ahorro significativo en honorarios y plazos.

Plazos y condiciones

3 meses de negociación no prorrogable, con suspensión automática de ejecuciones singulares durante ese período. Mitad de tiempo y coste que el procedimiento ordinario.

Fases del procedimiento concursal:
qué hace Creditaria en cada etapa.

Toca cada fase para ver qué hacemos por ti en ese momento del proceso.

01
Actos Previos
Análisis y estrategia
  • Diagnóstico completo de la situación financiera y jurídica
  • Revisión de deudas, obligaciones y vencimientos
  • Exploración de alternativas extrajudiciales al concurso
  • Negociación previa con acreedores principales
  • Planes de reestructuración y continuidad empresarial
  • Preparación y revisión de toda la documentación concursal

Antes de entrar al procedimiento judicial analizamos si el concurso es la mejor opción o si existen alternativas extrajudiciales que eviten los costes y el impacto reputacional del procedimiento. Si el concurso es necesario, preparamos todo para presentarlo con las máximas garantías y en el plazo legal de 2 meses para evitar la calificación de culpable.

02
Fase Común
Gestión del procedimiento
  • Coordinación activa con la administración concursal
  • Verificación y defensa del inventario de bienes del deudor
  • Clasificación y comprobación de todos los créditos
  • Impugnación de créditos no justificados o inflados
  • Alegaciones técnicas ante el informe de la administración concursal
  • Monitorización de plazos procesales críticos

En la fase común se determina la masa activa (bienes disponibles) y la masa pasiva (deudas reconocidas). Esta fase es clave: una mala gestión puede dejar entrar créditos indebidos que perjudiquen la posición del deudor. Defendemos activamente tus intereses frente a la administración concursal y a los acreedores que intenten incluir créditos no justificados.

03
Fase de Resolución
Convenio o liquidación
  • Diseño y negociación del convenio con los acreedores
  • Quitas y esperas que minimicen el impacto económico
  • Plan de viabilidad sólido para la continuidad del negocio
  • Gestión de la liquidación ordenada si es la mejor opción
  • Protección del patrimonio personal de los administradores
  • Defensa frente a posibles acciones de reintegración

La fase más importante donde se decide el futuro de tu empresa. Buscamos el convenio más favorable posible con los acreedores: una quita que reduzca el importe de la deuda y una espera que dé tiempo para recuperarse. Si la continuidad no es viable, gestionamos la liquidación de forma ordenada, protegiendo siempre el patrimonio personal de los administradores y reduciendo al máximo las consecuencias de la calificación del concurso.

04
Finalización
Nuevo comienzo
  • Archivo del procedimiento concursal tras la aprobación judicial
  • Extinción definitiva de las deudas pendientes no satisfechas
  • Asesoramiento completo sobre las implicaciones fiscales del concurso
  • Gestión de la salida de ficheros de morosidad (ASNEF, RAI)
  • Acompañamiento en la fase de nuevo inicio empresarial
  • Planificación financiera y jurídica post-concursal

Al concluir el procedimiento quedas libre de las deudas pendientes que no han podido satisfacerse, con tu patrimonio personal protegido. Te asesoramos sobre las implicaciones fiscales del proceso —especialmente el tratamiento de las quitas en el IRPF o el Impuesto de Sociedades— y te acompañamos para salir de los ficheros de morosos y empezar de cero con una base sólida.

Concurso culpable o fortuito:
la diferencia que protege tu patrimonio.

La calificación del concurso es uno de los aspectos más importantes para los administradores. Un concurso fortuito cierra sin consecuencias personales. Un concurso culpable puede costar el patrimonio y la carrera del administrador.

Concurso fortuito

Objetivo

Se produce cuando la insolvencia es consecuencia de circunstancias externas o de mala fortuna empresarial, sin dolo ni culpa grave por parte del deudor o sus administradores. Es el resultado más habitual cuando se actúa a tiempo y con transparencia.

Sin responsabilidad personal del administrador
Sin inhabilitación para gestionar empresas
Patrimonio personal del administrador protegido
Cierre del procedimiento sin consecuencias adicionales

Concurso culpable

Riesgo grave

Se declara cuando la insolvencia se ha generado o agravado por dolo o culpa grave del deudor o sus administradores: retraso en solicitar el concurso, llevanza irregular de contabilidad, salida indebida de activos o incumplimiento de obligaciones de información.

Responsabilidad personal del administrador por el déficit
Inhabilitación para administrar empresas de 2 a 15 años
Obligación de devolver bienes o indemnizar a la masa
Pérdida del derecho a obtener créditos o avales públicos

La actuación a tiempo es la mejor defensa

Presentar el concurso voluntariamente dentro del plazo de 2 meses es la acción más efectiva para evitar la calificación culpable. Nuestros abogados te acompañan desde las primeras señales de insolvencia para garantizar que el procedimiento se tramite con las máximas garantías.

Alternativas al concurso de acreedores
que también gestionamos.

El concurso no siempre es la única vía. Antes de iniciar el procedimiento judicial, exploramos todas las opciones extrajudiciales y alternativas legales disponibles para tu situación.

Para particulares y autónomos

Ley de Segunda Oportunidad

Si eres particular o autónomo con deudas imposibles de afrontar, la Ley de Segunda Oportunidad te permite cancelar gran parte o la totalidad y empezar de cero, protegiendo en muchos casos tu vivienda habitual. Es el camino más favorable para personas físicas con deudas tanto empresariales como personales.

Cancelación de deudas personales y empresariales
Exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI)
Protege tu vivienda habitual en muchos casos
Nuevo comienzo sin cargas financieras pendientes
Ver más sobre Segunda Oportunidad
Para empresas

Acuerdo de Refinanciación

Renegociamos las condiciones de tu deuda directamente con las entidades financieras para alcanzar acuerdos extrajudiciales que permitan continuar la actividad empresarial sin necesidad de entrar en concurso. Una solución ágil que evita el coste reputacional y económico del procedimiento judicial.

Nuevos plazos de amortización adaptados a tu flujo de caja
Posible reducción del tipo de interés pactado
Quita sobre el capital pendiente si se acuerda
Periodos de carencia para alivio a corto plazo
Ver reestructuración de deuda
CONTACTO

Abogados expertos en
derecho concursal
en Madrid.

En Creditaria Estudio Legal te ofrecemos un servicio personalizado y confidencial. Hablar con nuestros abogados especialistas en concurso de acreedores es el primer paso para salir de esta situación con el mínimo impacto.

Consulta gratuita y sin compromiso
Análisis de tu situación en menos de 24 horas
Atención presencial en Madrid y 100% online
Más de 15 años en derecho concursal
Confidencialidad absoluta garantizada
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Da el primer paso con criterio jurídico.

Explícanos brevemente tu situación. Revisaremos tu consulta y te indicaremos cómo podemos ayudarte.

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Preguntas frecuentes
sobre concurso de
acreedores.

Microempresas, plazos legales, cancelación de deudas, consecuencias del concurso culpable: todo lo que necesitas saber antes de actuar.

¿Qué es un concurso de acreedores y cuándo debe solicitarse?
El concurso de acreedores es el procedimiento legal previsto en el Texto Refundido de la Ley Concursal (RDL 1/2020) para gestionar la insolvencia de empresas y particulares. Debe solicitarse en un plazo máximo de 2 meses desde que el deudor conoce (o debería conocer) su estado de insolvencia. No hacerlo a tiempo puede derivar en concurso culpable, con responsabilidad personal para los administradores y pérdida de bienes propios.
¿Qué es el procedimiento especial para microempresas en el concurso de acreedores?
Es un procedimiento concursal simplificado para empresas con menos de 10 trabajadores e ingresos inferiores a 700.000€ anuales o pasivo inferior a 350.000€. Tramitación completamente digital a través del Ministerio de Justicia, sin administrador concursal en la mayoría de casos, con plazos aproximadamente la mitad del procedimiento ordinario y menores costes.
¿Qué ventajas ofrece el procedimiento especial de microempresas?
Las principales ventajas son: tramitación 100% digital, 3 meses de negociación con suspensión de ejecuciones singulares, no requiere administrador concursal (lo que reduce costes en miles de euros), permite tanto plan de continuación como liquidación, y resuelve en aproximadamente la mitad del tiempo que el concurso ordinario.
¿Qué consecuencias tiene no presentar el concurso de acreedores a tiempo?
Si no presentas el concurso en los 2 meses siguientes a conocer tu insolvencia, el juez puede declararlo culpable. Las consecuencias incluyen responsabilidad personal del administrador por las deudas de la empresa (cobertura del déficit), inhabilitación para administrar empresas entre 2 y 15 años, y exposición del patrimonio personal. Actuar a tiempo protege tanto la empresa como los bienes personales de los administradores.
¿Necesito abogado para un concurso de acreedores?
Sí. La intervención de abogado y procurador es obligatoria en el procedimiento concursal ordinario. En el procedimiento especial de microempresas la tramitación es digital, pero contar con un abogado especializado en derecho concursal garantiza la correcta presentación, la defensa frente a los acreedores y la minimización del impacto sobre tu patrimonio y el de los administradores.
¿Puede un autónomo solicitar el concurso de acreedores?
Sí. Los autónomos pueden acogerse tanto al concurso ordinario como al procedimiento especial de microempresas si cumplen los requisitos de tamaño. Además, tienen la opción adicional de la Ley de Segunda Oportunidad para cancelar deudas empresariales y personales, que en muchos casos resulta más ventajosa. Nuestros abogados analizan cuál es la mejor vía para tu situación concreta.
¿Se pueden cancelar deudas mediante el concurso de acreedores?
En la fase de convenio se pueden acordar quitas (reducción del importe de la deuda) y esperas (aplazamiento del pago). Si se acuerda una quita, la diferencia queda condonada definitivamente. En la fase de liquidación, una vez vendidos todos los activos, las deudas restantes pueden quedar extintas. Nuestros abogados negocian las condiciones más favorables en ambas fases.
¿Qué diferencia hay entre concurso ordinario y procedimiento especial de microempresas?
El ordinario aplica a empresas de mayor tamaño, tiene plazos más largos y requiere administrador concursal obligatorio. El procedimiento especial es más rápido (mitad de tiempo), más económico (sin administrador concursal en muchos casos), completamente digital y diseñado para empresas con menos de 10 trabajadores o facturación inferior a 700.000€.