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Dación en pago

Requisitos para la dación en pago

Publicado el 2 de febrero de 2026
Por Sonia Murcia Manjón

Creditaria Estudio Legal es uno los bufetes en España con mayor especialización sobre la dación en pago. Tanto en su tramitación como en la resolución de los problemas que puede presentar su planteamiento ante la entidad financiera o el fondo de inversión que tenga la condición de acreedor. Cuáles son los Requisitos para la dación en pago.


Qué es la dación en pago


La dación en pago en un préstamo hipotecario supone DAR la vivienda al banco (acreedor) a cambio de la cancelación total o parcial de la deuda. El día de la firma de la dación en pago, el acreedor en la escritura de dación expresa solemnemente que otorga la más firme carta de pago de la deuda al deudor, de acuerdo a las condiciones negociadas, lo que supone que el acreedor se queda sin deudas, sale del registro de morosos y vuelve a entrar en el sistema bancario de financiación.


Requisitos para la dación en pago


La metodología de concesión de la dación en pago depende mucho de la entidad financiera. Fuera de los casos particulares que entran dentro del Real Decreto-Ley 6/2012 de 9 de Marzo de 2012, que anticipamos que son los menos y que es prácticamente imposible cumplir con los requisitos que obligan a la entidad financiera a aceptar la dación, cada banco va a actuar según su criterio, que no es uniforme y que además incluso dentro de la misma entidad, va a depender de diferentes factores.



Por eso, un particular que, sin mediación de un abogado vaya a negociar directamente con el banco, se va a encontrar con evasivas, respuestas dilatorias, amenazas infundadas, etc… Es decir, el particular a pie de sucursal, lo que se va a encontrar es una negativa radical a la hora de que le tramiten la dación.

Ha de tenerse en cuenta que el mayor enemigo de una sucursal bancaria es un cliente que impaga la hipoteca y van a hacer todo lo posible para evitar que eso suceda, bien con ofertas de carencia de capital, bien con soluciones que sólo van a ser parches para el deudor y que simplemente van a aplazar el problema. Y menos aún la dación en pago, que es el último supuesto que quiere un banco como posible solución a aportar a un cliente que no puede pagar.

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